martes, 2 de febrero de 2016

¿FUERZAS ARMADAS VILIPENDIADAS?
No me consta si es verdadera la comunicación que el ministro de defensa les envió el 28 de enero del 2016 al jefe del comando conjunto y a los comandantes generales de las fuerzas terrestre, naval y aérea, en la que "preocupado" por cuanto en una sesión del consejo directivo del ISSFA del mismo día , escuchó al mando militar su intención de " poner a consideración " de los consejos de cada rama de las FFAA "los temas tratados en esa sesión."
La comunicación salida del despacho ministerial les recuerda que las FFAA no son deliberantes sino obedientes y que de acuerdo a la ley orgánica de la defensa nacional, los órganos asesores del ministro , del jefe del comando conjunto y de los comandantes generales de las fuerzas , son los consejos de Generales o Almirantes de Fuerza, el consejo ampliado de oficiales generales y otros Consejos que se consideren necesarios en el comando conjunto y en las fuerzas.
Ese trato humillante e indignante, ese menosprecio y prepotencia , se contrapone con lo que dice la constitución en el inciso segundo de su artículo 370 :
"La Policía Nacional y las Fuerzas Armadas podrán contar con un régimen especial de seguridad social, DE ACUERDO CON LA LEY ; ..."
Ahh, "DE ACUERDO CON LA LEY" ¿ y qué dice la ley?
Veamos:
LEY DE SEGURIDAD SOCIAL DE LAS FUERZAS ARMADAS
"Art. 1.- El Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas (ISSFA) es un organismo AUTONOMO,con finalidad social, con personería jurídica, patrimonio propio, domiciliado en la ciudad de Quito, y no está sujeto a la intervención de la Contraloría General del Estado."
"Art. 6.- El Consejo Directivo está integrado por los siguientes vocales:
a) El Ministro de Defensa Nacional, quien lo presidirá y tendrá VOTO DIRIMENTE;
b) El Jefe del Comando Conjunto;
c) Los Comandantes Generales de Fuerza;
d) Un representante por los oficiales en servicio pasivo; y,
e) Un representante por el personal de tropa en servicio pasivo."
LA LEY dice que el Ministro tiene voto dirimente, esto es que en caso de una votación empatada, el ministro tiene un voto adicional.
SI, "DE ACUERDO CON LA LEY" , y la ley del ISSFA , NO LOS HACE OBEDIENTES SINO, TODO LO CONTRARIO, DELIBERANTES, a los miembros de su Consejo Directivo.
LA LEY" a la que nos remite la constitución , habla de un cuerpo colegiado donde el ministro es solo uno de sus miembros.
El resto de miembros no está ahí por sus propios derechos sino en representación de sus compañeros, por lo que , para decidir temas de especial interés , es lógico, responsable,transparente y decente que requieran la opinión,NO LA ASESORÍA de quienes pueden ser afectados por sus decisiones .
Si el ministro de defensa , en temas del Intitulo de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, les prohíbe deliberar y solo obedecer, entonces que reformen la ley para que esta diga que el Consejo Directivo del ISSFA, lo conforma el ministro que lo presidirá y los uniformados que obedecerán lo que él disponga, castigándolos si se atreven a pensar .

Si hubieran pedido asesoría(que no lo han hecho) a los consejos de generales etc,, como estos están integrados por militares , no podrían deliberar ,solo obedecer lo que diga el ministro de defensa .
Realmente me avergüenza ver a unas fuerzas armadas vilipendiadas , claro, si lo de la comunicación aquí comentada es real.
Jaime Vernaza

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